El Presidente de la República, Eco. Rafael Correa, expidió el Reglamento General a la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, que busca la eficiencia, el mejoramiento de la competitividad, el incremento de la productividad y el bienestar de los consumidores y usuarios.
La normativa publicada en el Registro Oficial N° 450, de este martes 17 de mayo del 2011, está orientada a garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos, relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la salud humana, animal y vegetal, así como la preservación del medio ambiente.
El Reglamento además de corregir y sancionar, protege al consumidor contra prácticas engañosas e incentiva la cultura de la calidad y el mejoramiento de la competitividad en la sociedad ecuatoriana.
Según el nuevo marco jurídico, el Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO) presidirá el Comité Interministerial de la Calidad y dispone que los directores del Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN) y del Organismo de Acreditación Ecuatoriano (OAE) también formen parte del Comité, con derecho a voz, pero sin voto.
La Subsecretaría o el Subsecretario de la Calidad, del Ministerio de Industrias y Productividad actuará como Secretario del Comité Interministerial de la Calidad que también lo conforman el Ministro Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad, del Ambiente, de Turismo, de Agricultura, Acuacultura, Ganadería y Pesca; de Salud, de Transporte y Obras Públicas y el Ministro de Electricidad y Energía renovable.
Las resoluciones del Comité Interministerial de la Calidad, conforme al Reglamento, tendrán el carácter de vinculantes y serán plenamente ejecutables por los órganos competentes.
En el capítulo II del Reglamento se señala que el MIPRO, como organismo rector del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, es competente para implementar el control, la investigación y políticas relacionadas con la evaluación de la conformidad, la seguridad, la protección de la vida, la preservación del medio ambiente.
Asimismo, detalla que el MIPRO otorgará temporalmente la designación en materia de evaluación a los Organismo Evaluadores de la Conformidad –OECs- (laboratorios, organismos de certificación e inspección), siempre y cuando éstos no existan en el país.
En el capítulo referente a la aplicación de sanciones, el Reglamento establece que el MIPRO, a través de la Subsecretaría de la Calidad, podrá suspender las autorizaciones y documentos habilitantes para la comercialización, producción e importación de los bienes o servicios, sujetos a reglamentación técnica.
La semana pasada, el Jefe de Estado Rafael Correa recibió en su despacho a las autoridades del Ministerio de Industrias, Salud, Agricultura, Ambiente y Coordinador de la Producción, quienes entregaron oficialmente el renovado Sistema Ecuatoriano de la Calidad, cuyo objetivo fundamental es “contribuir al bienestar del ciudadano mejorando la calidad de los productos y servicios nacionales o importados”./Ministerio de Industrias y Productividad.