El nuevo acuerdo expedido en agosto de 2017 MDT-2017-0135 se compone de cinco capítulos y su objeto es normar el registro, aprobación y reporte de obligaciones laborales. Específicamente en materia de
Seguridad, salud en el trabajo y gestión integral de riesgos el empleador deberá efectuar el registro, aprobación, notificación y/o reporte de obligaciones laborales, respecto de los siguientes temas:
- Accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, incidentes
- Mediciones
- Identificación y evaluación de riesgos laborales
- Planes de Seguridad, Higiene, Salud Ocupacional, Emergencia, Contingencia entre otros.
- Planos
- Programas
- Reglamento de Higiene y Seguridad
- Organismos Paritarios
- Unidad de seguridad e higiene
- Vigilancia de la salud
- Servicio médico de empresa
- Brigadas
- Simulacros
- Matriz de recursos
- Formacion y capacitación del personal en prevención de riesgos laborales
- Adecuadión de los puestos para personas con discapacidad
- Medidas de seguridad, higiene y prevención
- Otros que fueran definidos por la autoridad laboral en base a la normativa legal en la materia.
Fuente: Acuerdo Ministerial MDT-2017-0135
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